Los Proyectos INNOGLOBAL 2025 se enmarcan en el "Programa de Transferencia y Colaboración" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) (2024-2027). Concretamente, se ubican en el "Subprograma para impulsar la Colaboración en y entre los Sectores Público y Privado" que contempla la financiación de proyectos de I+D+I en colaboración, tanto entre distintos agentes privados como con OPIs y universidades, cuya finalidad sea proponer soluciones a desafíos transversales y estratégicos para la sociedad.
Del mismo modo, la convocatoria INNOGLOBAL 2025 se encuadra en el programa transversal sobre "Internacionalización" del PEICTI, que tiene como objetivo impulsar la financiación de proyectos de I+D de carácter internacional para potenciar la presencia de España en la I+D+I internacional, en particular su protagonismo en el Espacio Europeo de Investigación, facilitando la colaboración con socios extranjeros.
Convocatorias
Ficha resumen de la ayuda
Proyectos INNOGLOBAL.
Se financiará la actividad de empresas españolas que participen en consorcios internacionales de I+D en el marco de los programas de cooperación tecnológica internacional y la cooperación internacional para Big Science.
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y las grandes empresas con los siguientes límites establecidos:
a) La dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o,
b) Tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización que no sean pymes),
siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, y desarrollen la actividad objeto de la ayuda en España.
Concurrencia competitiva con plazos determinados de presentación.
Del 26 de agosto al 26 de septiembre de 2025, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Cerrada.
Subvención.
25.000.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027.
De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignados al CDTI durante el período 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las siguientes:
Regiones menos desarrolladas:
| ANDALUCÍA | 7.000.000 EUROS |
| CASTILLA-LA MANCHA | 7.000.000 EUROS |
| EXTREMADURA | 2.400.000 EUROS |
| CEUTA | 500.000 EUROS |
| MELILLA | 250.000 EUROS |
Regiones en transición:
| BALEARES | 2.6000.000 EUROS |
| CANARIAS | 1.000.000 EUROS |
| CASTILLA Y LEÓN | 4.400.000 EUROS |
| COMUNIDAD VALENCIANA | 7.000.000 EUROS |
| GALICIA | 7.000.000 EUROS |
| REGIÓN DE MURCIA | 1.000.000 EUROS |
En ningún caso se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (25.000.000 euros).
La disponibilidad de fondos FEDER en la Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma en la que se ubique el proyecto será un requisito para la obtención de financiación.
Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa.
La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de las disponibilidades presupuestarias, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo del proyecto y de la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región:
Regiones menos desarrolladas: (hasta 85%) - Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla.
Regiones en transición: (hasta 60% y hasta 85% en Canarias) - Baleares, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia y Región de Murcia.
En cualquier caso, la subvención a conceder por beneficiario no será inferior al 33% del presupuesto elegible.
Para cada proyecto y beneficiario, el límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial y desarrollo experimental) y por la intensidad máxima que corresponda en cada caso.
La cuantía de las ayudas no podrá superar los umbrales establecidos en el artículo 4 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
Proyectos plurianuales cuyo desarrollo se realice en una de las siguientes Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas:
Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Baleares, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, Región de Murcia, Ceuta y Melilla.
Presupuesto elegible mínimo: 175.000 euros.
Duración: inicio en 2025 o 2026. Finalización: 31 de diciembre de 2027 o 30 de junio de 2028. Hay que solicitar ayuda para 2026.
Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Deberán ser proyectos de I+D realizados en el marco de:
Programas de cooperación tecnológica internacional: Programas multilaterales, bilaterales o unilaterales.
Programas de cooperación internacional para Big Science.
Para acreditar la participación en dichos Programas, los participantes deberán:
Programas de cooperación tecnológica internacional multilaterales, bilaterales y unilaterales:
· El solicitante, con carácter previo a la presentación de la solicitud de ayuda a la presente convocatoria, deberá haber cursado al CDTI una solicitud de participación en alguno de estos programas.
· Con carácter previo a la resolución provisional de esta convocatoria, el proyecto deberá haber obtenido la certificación internacional por parte del organismo correspondiente o el informe de dimensión internacional emitido por el CDTI. La fecha de certificación internacional no podrá ser anterior al 1 de enero de 2025.
Estas circunstancias serán comprobadas por el CDTI.
Programa de cooperación internacional para Big Science:
· El solicitante deberá aportar, junto con su solicitud de ayuda, una declaración responsable sobre la existencia de acuerdo con los socios internacionales para desarrollar un proyecto de I+D en el que se identifique claramente la Infraestructura Científica y Técnica Singular (ICTS) u Organismo e Infraestructura Científica Internacional hacia la que se orientan los resultados futuros del proyecto.
La disponibilidad de fondos FEDER en todas las Comunidades Autónomas en las que se ubique el proyecto será un requisito para la obtención de financiación.
La convocatoria se financiará con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027.
Sí, fondos FEDER 2021-2027.
Sí.
Los proyectos deberán cumplir los requisitos definidos en el Anexo I de la convocatoria.
Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:
· Costes de personal: los gastos de personal propio imputados al proyecto deben corresponder a personal dado de alta en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma de desarrollo definida en la resolución de concesión.
· Costes de instrumental y material inventariable.
· Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
· Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto.
· Gasto derivado del informe realizado por un auditor, hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad.
· Gastos de viajes que se deriven directamente del proyecto vinculados a las reuniones de coordinación entre los miembros de la agrupación, hasta un límite de 10.000 euros por beneficiario.
· Gastos indirectos de proyecto, que serán calculados e imputados al proyecto en función de la metodología de costes: un coste fijo del 15% de los costes de personal.
· Proyección internacional de la propuesta y del consorcio: 0-25 puntos (umbral 12).
· Capacidad de la empresa española en relación con la propuesta: 0-15 puntos.
· Tecnología e innovación de la propuesta: 0-30 puntos (umbral 15).
· Plan de explotación del proyecto: 0-15 puntos.
· Impacto socioeconómico y ambiental: 0-15 puntos.
Las ayudas de la presente convocatoria deberán tener efecto incentivador.
La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública previa o posterior a la concedida, con idénticos objetivos y finalidad.
· En ningún caso podrán ser susceptibles de ayuda aquellas actuaciones que directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medioambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, así como las materias excluidas recogidas en el artículo 7 del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021.
· Programas incluidos:
• Programas multilaterales:
o Iniciativa Eureka (proyectos de Red y Clusters): Albania, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Corea del Sur, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malta, Mónaco, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania. Adicionalmente, cualquier otro país fuera de la iniciativa Eureka con el que se realicen llamadas Eureka-Globalstars.
o Proyectos Iberoeka: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
o Programa PRIMA: Argelia, Jordania, Líbano, Egipto, Croacia, Chipre, Francia, Marruecos, Alemania, Grecia, Israel, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Eslovenia, España, Túnez, Turquía y Bulgaria. o Programas bilaterales: Argelia, Jordania, Marruecos, Brasil, Corea, Japón, China, Egipto, India, Malasia, Tailandia, Taiwán y Catar.
• Proyectos de cooperación tecnológica internacional unilaterales:
o Realizados por consorcios internacionales, con participación de empresas españolas, que colaboran de forma efectiva con uno o más socios de los siguientes países: Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Australia, Bangladesh, Brasil, Cabo Verde, Camboya, Catar, Chile, China, Colombia, Corea del Sur, Costa de Marfil, Costa Rica, Cuba, EAU, EEUU, Ecuador, Egipto, Filipinas, Ghana, Guatemala, India, Indonesia, Irán, Japón, Jordania, Kuwait, Sri Lanka, Laos, Líbano, Malasia, Marruecos, Mauritania, Myanmar, México, Omán, Perú, República Dominicana, Senegal, Singapur, Tailandia, Taiwán, Túnez, Uruguay y Vietnam.
• Cooperación internacional para Big Science
Los consorcios podrán formarse con participantes de cualquier país, siempre que la finalidad de los desarrollos esté enfocada a satisfacer necesidades de Las siguientes Infraestructuras científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y Organismos e infraestructuras Científicas Internacionales en las que España participa:
Organismos e infraestructuras internacionales:
o CERN (European Organization for Nuclear Research)
o CTAO (Cherenkov Telescope Array Observatory)
o DEMO (Demonstration Fusion Power Plant)
o ELI (Extreme Light Infrastructure)
o ESO (European Southern Observatory)
o ESRF (European Synchrotron Radiation Facility)
o ESS (European Spallation Source)
o EST (European Solar Telescope)
o ET (Einstein Telescope)
o FAIR ((Facility for Antiproton and Ion Research)
o European XFEL (X-Ray Free-Electron Laser)
o IFMIF-DONES (International Fusion Materials Irradiation Facility-DEMO Oriented Neutron Source)
o ITER (International Thermonuclear Experimental Reactor)
o ILL (Institut Laue-Langevin)
o SKAO (Square Kilometre Array Observatory)
· Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS): las pertenecientes al Mapa de ICTS del Ministerio de Ciencia e Innovación y Universidades vigente en el momento de publicación de la convocatoria.
Normativa aplicable, de conformidad con la disposición adicional única de la convocatoria.
Orden de bases
Documentación convocatorias
Tramitación de convocatorias
Fecha de publicación: 16 de octubre de 2025
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 29 de julio de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de la Innovación (PEICTI), la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente y de la documentación aportada, el órgano instructor ha formulado el requerimiento de subsanación de errores disponible en esta página.
Los solicitantes podrán consultar el detalle del requerimiento accediendo a su expediente a través de la sede electrónica del CDTI.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento para subsanar las deficiencias detectadas, debiendo aportar la documentación solicitada a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 25 de noviembre de 2025
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 29 de julio de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, por parte del órgano concedente se ha adoptado la resolución definitiva de desistimiento de las solicitudes que figuran en dicha resolución. Los solicitantes podrán consultar la resolución, así como cualquier otro documento incorporado al expediente accediendo al mismo a través de la sede electrónica de CDTI.
Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2025.
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 29 de julio de 2025 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, el órgano instructor ha formulado la propuesta de resolución provisional de solicitudes excluidas por no cumplir los requisitos para acceder a la condición de beneficiario disponible en esta página.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta propuesta de resolución, para formular alegaciones a través de la sede electrónica del CDTI