Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

El objetivo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es acelerar la recuperación económica y social tras la crisis del COVID-19 y lograr incrementar la capacidad de crecimiento a medio y largo plazo.

Recuperacion y resiliencia

El Mecanismo ha sido elaborado sobre cuatro ejes transversales y en torno a diez políticas palanca que definen el grueso de las inversiones. Esas diez políticas palanca integran a su vez 30 componentes o líneas de acción, tanto de tipo regulatorio como de impulso a la inversión. Cada uno de los componentes contribuye de forma explícita a los objetivos generales del Mecanismo y a los cuatro ejes transversales. Igualmente, cada componente se centra en un reto u objetivo concreto, e incluye reformas e inversiones que contribuyan a alcanzar dichos objetivos o superar los retos.

El Componente 17 del PRTR aborda la reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación. Su objetivo es hacer frente, en el corto plazo, a la recuperación económica y social del país y, en el medio plazo, incrementar y acelerar la inversión en I+D+I de forma sostenible y en áreas o Iniciativas Estratégicas.

En este contexto, el CDTI lleva a cabo una serie de Iniciativas Estratégicas principalmente, pero no sólo, dentro del Componente 17: nuevos proyectos I+D+I Público Privados, interdisciplinares, pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales; I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad; compra pública precomercial e I+D del sector aeroespacial.

Algunas de estas Iniciativas Estratégicas están incluidas en los distintos Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).

 

Principio DNSH

Todas las actuaciones que se ejecuten dentro del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) deben cumplir el Principio DNSH, del inglés "Do Not Significant Harm" que se traduce en el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.

La importancia de este requisito es crucial ya que su incumplimiento podría conducir a que algunas actuaciones se declaren no financiables. Por este motivo, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado una guía con recomendaciones para adecuar tanto el diseño como el desarrollo de las actuaciones del PRTR al principio DNSH: Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.

Así mismo, la Comisión Europea ha elaborado una Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente», en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

 

Normativa aplicable

Normativa comunitaria

Normativa nacional

  • Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se  establece el procedimiento y formato de la información a  proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

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