
En las tres nuevas modalidades de proyectos en cooperación (proyectos integrados, de cooperación tecnológica entre pymes y de cooperación interempresas nacional) el instrumento financiero es la Ayuda Parcialmente Reembolsable (APR), que podrá llegar hasta un máximo del 75% del presupuesto total aprobado y que se divide en un tramo reembolsable -tipo de interés 0 y plazo de amortización de 10 años- aportado por el CDTI y otro no reembolsable aportado por el FEDER.
Para los proyectos integrados y de cooperación tecnológica entre pymes, el tramo no reembolsable es de un tercio de la ayuda o aportación pública (FEDER+CDTI) aprobada en las regiones de "Convergencia" (Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha y Galicia), "Phasing in" (Comunidad Valenciana, Castilla y León y Canarias) y "Phasing out" (Murcia, Asturias, Ceuta y Melilla), mientras que en las restantes, las regiones de "Competitividad", el tramo no reembolsable puede llegar hasta el 25%.
En el caso de lo proyectos de cooperación interempresas nacional, el tramo no reembolsable es de hasta un 25% de la ayuda o aportación pública aprobada en las regiones de "Convergencia", "Phasing in" y "Phasing out". En las regiones de "Competitividad" puede llegar hasta el 20%.
En todos los casos, se tendrán en cuenta las intensidades de ayuda máximas admisibles por la normativa europea, lo que podría suponer, en el caso de que éstas fueran superadas, el ajuste de los porcentajes citados.
El porcentaje del tramo no reembolsable de estos proyectos en cooperación estará en función de la disponibilidad, en el momento de la aprobación, de recursos del Fondo Tecnológico para la comunidad autónoma en donde se desarrollen los trabajos. Si estuviera agotada la partida del Fondo Tecnológico de alguna de las Comunidades Autónomas participantes, se aplicaría un tramo no reembolsable del 15% de la aportación pública.
En estas modalidades, los desembolsos se realizan una vez verificados los gastos de cada hito en que se divide el proyecto, pudiéndose optar a los sistemas de anticipo o de prefinanciación bancaria que ofrece el CDTI, de la misma forma que en los Proyectos Individuales de I+D (PID).
Anticipos del 75%
El CDTI puede conceder anticipos del 75% de la ayuda comprometida en proyectos con cofinanciación del Fondo Tecnológico. Pero estos anticipos han de ir avalados por una garantia bancaria o elemento equivalente, de acuerdo con los requisitos de la Reglamentación Comunitaria. Para facilitar a las empresas la consecución de este aval, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) ofrece a las empresas un sistema de garantías denominado JEREMIE, desarrollado en colaboración con el CDTI.
Condiciones financieras y operativa del aval JEREMIE
El detalle de la operativa y las condiciones financieras de los avales JEREMIE puede consultarse en la web de ICO, en el link adjunto:
http://www.ico.es/web/contenidos/8415/index.html
Para acceder a estos anticipos del 75% de la ayuda comprometida, la empresa también puede aportar avales concedidos por otras instituciones financieras.
Anticipos del 25%
De forma alternativa, cualquier empresa a la que se le apruebe un proyecto CDTI (con o sin cofinanciación del Fondo Tecnológico) puede optar a un anticipo del 25% de la ayuda concedida con un límite de hasta 300.000 €, sin exigencia de aval.
El CDTI ha flexibilizado su habitual mecanismo de desembolso de las ayudas concedidas y ofrece a las empresas estos sistemas de anticipo dadas las dificultades de financiación existentes en el actual contexto económico.