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El 13 de enero de 2007 se publicó en el BOE el Real Decreto 2/2007 por el que se regula la emisión de informes motivados vinculantes para la Administración Tributaria en materia de I+D+i. Este Real Decreto habilita al CDTI como órgano competente para emitir informes motivados vinculantes de los proyectos que financie. (*)

El 15 de noviembre de 2007 (BOE núm. 274) se publicó la ORDEN ITC/3289/2007 de 5 de noviembre, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 1432/2003, que regula la emisión de dichos informes motivados. Estas modificaciones se han realizado con el objeto de facilitar a las empresas la formalización de sus solicitudes dirigidas al Director General del CDTI.

Estos informes facilitan el acceso a las deducciones fiscales al otorgar a las empresas una mayor seguridad jurídica a la hora de desgravarse por los gastos incurridos en los proyectos apoyados por el CDTI. Así el CDTI cumple la doble función de financiar un Proyecto y de acreditarlo para acceder a las desgravaciones fiscales por I+D+i.

El CDTI emitirá un informe motivado vinculante en el que se certifica el contenido "ex-ante" en I+D+i, tal como se define en la Ley 43/95, de 27 de diciembre del Impuesto sobre Sociedades, texto refundido vigente y en la Ley 23/2005 de reformas en materia tributaria para el impulso de la productividad, así como la coherencia de los gastos presupuestados para la realización de las actividades de I+D+i contempladas en el mismo.

Se realizará un único informe para toda la duración del proyecto. En el caso de los proyectos en cooperación se emitirá un informe por cada uno de los socios del consorcio. El informe se solicitará una vez que el proyecto haya sido aprobado por el Consejo de Administración de CDTI. (*)

La empresa tendrá que hacer la solicitud correspondiente en el enlace "Documentación relacionada" (en el menú de servicios a la derecha de esta página) donde se podrán descargar estos documentos de solicitud en formato pdf.

(*) La emisión de los informes motivados no aplica a la línea banca-CDTI.

 

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