Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial

Ministerio de Ciencia e Innovación

Qué es NEOTEC

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La INICIATIVA NEOTEC del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), tiene como objetivo el apoyo a la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica en España.

Una empresa de base tecnológica (EBT) es una empresa cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora. Las EBT basan su estrategia de negocio o actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.

Sólo pueden ser beneficiarias de las ayudas NEOTEC las nuevas EBT con categoría de pequeña empresa y con menos de 6 años de antigüedad. Estas ayudas cumplen los requisitos de las Ayudas a empresas jóvenes e innovadoras  del Marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación.

Hay dos tipos de ayuda o instrumentos NEOTEC diferenciados en función de la edad o fase del ciclo de vida en el que se encuentra la EBT:

FASE INSTRUMENTO BENEFICIARIOS
I-Creación de empresa NEOTEC I EBT de 0 a 2 años
II-Consolidación de empresa NEOTEC II EBT de 2 a 6 años

Las características de estas fases y los instrumentos de financiación de cada una de ellas se detallas a continuación. 

1 - Fase Creación de empresa

La empresa que solicite ayuda para la Fase I deberá tener menos de 2 años en el momento de la solicitud. El estudio, la evaluación y la aprobación de la propuesta por parte de CDTI pueden realizarse superados los 2 años de vida de la empresa.

El CDTI financia iniciativas empresariales surgidas a partir del conociendo generado en el ámbito universitario y/o de centros de investigación, así como aquellas otras surgidas de emprendedores con experiencia profesional en el ámbito empresarial, todas ellas con una estrategia de negocio basada en el desarrollo de la tecnología.

Las nuevas EBT que soliciten ayuda NEOTEC I deberán presentar un plan de empresa a 5 años, de los cuales CDTI podrá financiar como máximo los dos primeros desde la fecha de solicitud de la ayuda. El presupuesto mínimo asociado estará en torno a los 240.000€, incluyendo como costes elegibles: inversiones en activos fijos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas,  gastos de salida al Mercado Alternativo Bursátil y otros costes. En ningún caso se financian gastos e inversiones anteriores a la solicitud, así como tampoco edificaciones.

CDTI proporcionará, tras una exhaustiva evaluación, un crédito semilla o ayuda NEOTEC de hasta el 70% del presupuesto del plan de empresa aprobado, con un importe máximo general de 350.000€, pudiendo llegar a 400.000€ en casos de ruptura tecnológica, y a 600.000€ en el ámbito de la biotecnología. El crédito es a tipo de interés cero y sin garantías adicionales.

CDTI anticipa a la empresa, a la firma del contrato que regula la ayuda NEOTEC, entre el 40 y el 60% de la ayuda aprobada. El resto se entregará a la empresa a la finalización y justificación técnica y económica del proyecto-plan de empresa aprobado.

La empresa devolverá la ayuda a CDTI según vaya generando cash-flow positivo. Para ello, la empresa se compromete a facilitar a CDTI anualmente las cuentas anuales cerradas. La cuota anual de devolución será de hasta un 20% del cash-flow positivo generado hasta la amortización total del crédito.

II -  Fase Consolidación de empresa (NEOTEC II)

Para solicitar ayudas para la Fase II, la empresa deberá tener más de 2 años de edad. El Reglamento Comunitario (CE nº 800/2008), en relación a las ayudas a las empresas jóvenes e innovadoras, estipula que la antigüedad de la pequeña empresa en el momento de recibir la ayuda debe ser inferior a los 6 años. Por tanto, las empresas que soliciten ayuda para NEOTEC II deberán tener en cuenta que, a la edad de la empresa en el momento de realizar la solicitud telemática de la ayuda, se le deberá añadir el tiempo necesario para el estudio, la evaluación y la aprobación de la propuesta, y la suma de todos ellos no deberá superar los 6 años de vida de la empresa.

Las nuevas EBT que soliciten ayuda NEOTEC II deberán presentar un plan de empresa a 5 años, de los cuales CDTI podrá financiar como máximo los dos primeros desde la fecha de solicitud de la ayuda. El presupuesto mínimo asociado deberá tener un presupuesto mínimo en torno a los 240.000 €., incluyendo como costes elegibles: inversiones en activos fijos, gastos de personal, materiales, colaboraciones externas,  gastos de salida al Mercado Alternativo Bursátil y otros costes. En ningún caso se financian gastos e inversiones anteriores a la solicitud.

La ayuda NEOTEC II podrá ser de hasta el 70% del presupuesto aprobado, hasta 1.000.000€. El crédito es, al igual que en NEOTEC I, a tipo de interés cero y sin garantías adicionales.

Las ayudas recibidas entre NEOTEC I y NEOTEC II no podrán superar 1.000.000€, por tanto, las empresas que previamente han obtenido una ayuda NEOTEC I podrán ver minorada la ayuda NEOTEC II para no superar este límite.

CDTI anticipará a la empresa, a la firma del contrato, el 25% de la ayuda aprobada. El resto se entregará a la finalización y justificación técnica y económica del proyecto-plan de empresa aprobado.

Al igual que en NEOTEC I,  la empresa devolverá la ayuda a CDTI según vaya generando cash-flow positivo. Para ello, la empresa se compromete a facilitar a CDTI anualmente las cuentas anuales cerradas. La cuota anual de devolución será fija de un 20% del cash-flow positivo generado hasta la amortización total del crédito.

En ambas fases, NEOTEC I y NEOTEC II, las empresas solicitantes deberán tener en cuenta lo siguiente:

  • 1. El objetivo de estos instrumentos es apoyar a emprendedores noveles, no apoyar la diversificación de otras empresas existentes independientemente del tamaño, o la diversificación de empresarios establecidos. Por ello se analizará con detalle la estructura accionarial de la nueva empresa. Sólo se financiarán proyectos presentados por empresas de tamaño o categoría "pequeña empresa", por lo que no se financiarán por ésta línea nuevas empresas participadas por otras, independientemente de su tamaño, en un porcentaje igual o superior al 25%.
  • 2. La participación accionarial de los emprendedores o promotores de la empresa deberá superar el 50%.
  • 3. EL CDTI financia un plan de empresa, no un sólo proyecto de I+D. Por tanto, se deben presentar todas las líneas de actividad que la empresa tenga previsto acometer en los 5 años contemplados. No obstante, los gastos asociados a las actividades de I+D deberán ser la mayor parte del presupuesto del proyecto presentado.
  • 4. Las empresas asumirán con fondos propios al menos el 30% del presupuesto-plan de empresa que presenten. Para ello, si es necesario, los socios se comprometerán a realizar las oportunas ampliaciones de capital con aportaciones dinerarias.
  • 5. De acuerdo con el marco comunitario, se solicita un certificado de un auditor externo que acredite que los gastos de I+D de la empresa superan el 15% del total de sus gastos de funcionamiento durante al menos uno de los tres años previos, o en el ejercicio fiscal en curso si es una empresa de nueva creación.

(Contacto: Departamento de Coordinación y Dinamización. Dirección de Tecnología. CDTI)

NEOTEC CAPITAL RIESGO

CDTI  pone a disposición de las empresas tecnológicas en etapas tempranas  de su vida  la posibilidad de que puedan financiarse mediante Capital Riesgo. Para ello se diseñó  el programa NEOTEC Capital Riesgo, donde colaboran el propio CDTI (que posee un extenso conocimiento sobre las tecnologías innovadoras y la financiación de proyectos tecnológicos) y el FEI, Fondo Europeo de Inversiones (que cuenta con una amplia experiencia en la industria del capital riesgo en Europa).

Para lograrlo se han constituido dos fondos de capital riesgo, un fondo de fondos y un fondo de coinversión. El  objetivo es dinamizar el mercado de Capital Riesgo nacional aportando capital a fondos en constitución y firmando acuerdos de coinversión con fondos que ya estén operando, siendo en este último caso los fondos extranjeros potenciales candidatos.

CDTI no decide los proyectos empresariales en los que los fondos con que se hayan firmado acuerdos deben invertir. De hecho, los fondos son soberanos en la toma de decisiones,  y el único requisito que se exigirá por parte de NEOTEC Capital Riesgo será el cumplimiento de las cláusulas contractuales, que tratan de garantizar la disponibilidad de capital para financiar proyectos tecnológicos en sus primeras fases de desarrollo.

El listado de entidades de capital riesgo con las que se han formalizado acuerdos constan en la siguiente página: ECR participadas o en coinversión. En este link se puede encontrar la dirección de contacto de cada una de las entidades a la que remitir el proyecto, en caso de considerar que el fondo en cuestión se adecua a las características de la empresa.

(Contacto: Departamento de Estudios. Dirección de servicios Corporativos. CDTI)

Logotipo de la Iniciativa Neotec
W3C - WAI AA